Mañana se cumplen 170 años de la sanción de la Constitución Nacional, un aniversario que puede aprovecharse para levantar un poco la cabeza del día a día aunque sin perder contacto con la realidad. Se puede comenzar mencionando que en ocasión de la fecha Esteban Bullrich convocará a un acuerdo de los argentinos, se supone que en torno a los principios constitucionales. Algo que parecería una obviedad, pero no lo es. Y que además debería tener algunas restricciones si se quiere que sirva para algo.
Que no es obvia la adhesión a la Constitución surge de muchas declaraciones y actos de políticos, sobre todo los gobernantes actuales o sus seguidores. Por eso es bueno repasar primero de qué trata el máximo texto del marco institucional formal del país y luego su relación con la economía.
Para ello hay que recordar dos factores. Uno, que las constituciones nacieron como rechazo a los gobiernos absolutistas y por eso sus principales preocupaciones fueron limitar el poder. Sobre todo de los gobernantes, pero no sólo de ellos. De allí que resaltara la protección de los llamados derechos civiles o libertad negativa. Esto es, el estar liberados de la coacción. Un instrumento fue la forma republicana de gobierno, reaseguro político de la vida, la propiedad privada y la libertad individual.
El otro elemento, que el diseño argentino atendía necesidades del crecimiento económico. De los tres factores productivos clásicos, tierra, trabajo y capital, aquí había sólo uno, la tierra. La Constitución planteó el respeto a los derechos civiles también para los extranjeros así como la acción del Estado para fomentar inversiones de efectos positivos generales (la cláusula del progreso) y el resultado fue la llegada masiva de personas, cuya mayoría se radicó en el país, y de inversiones. Que no se debieron sólo al ciclo de precios de commodities de fines del siglo XIX. Ucrania era una Pampa Húmeda en la misma Europa pero las personas y los capitales no fueron allí. Con seguridad que influyó la diferencia de marco institucional: la Rusia zarista versus la Argentina con Constitución, Código Civil, Corte Suprema y gobierno eficiente.
Por supuesto, aplicando los criterios de calidad institucional del presente Argentina podía parecer un desastre (hoy también), pero para los estándares del siglo XIX era de “primer mundo” (hoy no). Y así creció, con desarrollo no sólo agrícola sino industrial incluyendo incremento del salario obrero.
Ese desempeño hacia una economía más industrial, como pasó en todo el mundo, introdujo los derechos de segunda generación o sociales, típicos de un país en el que la población obrera aumenta y se generalizan sus condiciones de vida así como la concentración demográfica y laboral alienta las reivindicaciones y el grado de desarrollo permite atenderlas. Por algo Juan Bialet Massé elaboró en 1904 el informe “El estado de las clases obreras en el interior de la república”, base para la “legislación social” desde los comienzos del siglo XX, que luego se expresaría, tras el experimento fallido de la reforma de 1949, en la Constitución de 1957. Por desgracia, la novedad se asoció con la ruptura de la estructura republicana y la confusión entre defender derechos y pretender que la restricción presupuestaria no importa. Eso explica mucho del declive de Argentina desde hace 80 años.
De todos modos, con subas y bajas la economía fue creciendo en complejidad y como consecuencia se incorporó a la Constitución la tercera generación de derechos, los difusos, específicamente al ambiente y del consumidor.
La vigencia de la Constitución implica la difícil combinación de las tres generaciones de derechos, pero se supone que el sistema de gobierno lo permitiría. ¿Cómo? Haciendo acuerdos. La república democrática no es incompatible con esos derechos sino el camino para mantenerlos en vigencia.
Ahora, concretando y mirando la coyuntura pero dejando de lado las decisiones de emergencia podría pensarse en las de fondo. Por ejemplo, la Constitución prevé lo que casi todo el mundo entendió con respecto a la inflación y por eso ya no es un problema extendido: que las políticas fiscal y monetaria deben ser prudentes. El artículo cuarto prohíbe que se tome deuda para gastos corrientes, el 17 que se abuse de los impuestos y el 75 inciso 19 le encarga al Congreso que no haya inflación, lo que se consigue cumpliendo los dos artículos mencionados antes. Porque la inflación es un fenómeno monetario y la emisión de dinero para financiar al gobierno se realiza cuando el Banco Central le presta dinero al Poder Ejecutivo. La emisión de dinero es deuda, alcanzada por la restricción del artículo cuarto. Entonces, si no se puede tomar deuda (en el mercado o con el Central) para gastos corrientes ni cobrar cualquier nivel de impuestos no queda otro camino que moderar el gasto. Cómo, debería integrar los acuerdos. Que, además, son parte de la democracia. Ella no es imposición sino compromisos y respetarla permite la generación de políticas económicas superadoras.
También es parte de la experiencia mundial que los países crecen y evitan los problemas graves mediante un resultado fiscal sostenible, en consecuencia una política monetaria prudente, el respeto al sector privado como motor de la economía, la transparencia de los actos de gobierno y la responsabilidad ante los ciudadanos. Con ese marco debe resaltarse que los acuerdos concretos permiten que si hay fallas en las políticas ellas se enmienden más rápido así como si hay aciertos se continúen cuando cambien los gobiernos porque están todos involucrados en ambas situaciones.
Dentro de esos márgenes los actos de gobierno pueden responder a una amplia gama de pensamientos o ideologías, como bien lo muestra el mundo. Quienes respetan los cinco puntos señalados antes son políticos de todo tipo de partidos. Después de todo, gobernar con responsabilidad permite seguir ganando elecciones.
La coyuntura no debe hacer perder de vista las cuestiones de fondo. De hecho, atenderlas es lo que evitará la repetición de las crisis. Y pasan por cumplir la Constitución.